Mostrando entradas con la etiqueta militarizacion. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta militarizacion. Mostrar todas las entradas

jueves, 16 de septiembre de 2010

¿Por qué marcharemos hoy?

El martes 14 el Pleno del Congreso derogó a través de la Ley N°29572 el cuestionado Decreto Legisltaivo 1097 que otorgaba impunidad a los autores de los crímenes cometidos antes del 2003, incluyendo a miembros de escuadrones de la muerte como "Rodrigo Franco" y "Colina".
Sin embargo, debemos recordar que el DL1097 no era una normativa aislada, sino que formaba parte de un paquete de decretos emitidos por el Ministerio de Defensa empleando la facultad que le otorgara el Congreso de la República para legislar en torno al Código de Justicia Militar y Policial, el uso de la fuerza del personal militar, y sobre militares o policías procesados o condenados por violaciones de derechos humanos.
Rafael Rey dio a luz el primero de setiembre a cuatrillizos: 
  • DL1094: Modifica el Código de Justicia Militar-Policial enviando a este fuero casi cualquier delito cometido por este personal, aún los que normalmente deberían ir al fuero civil.
  • DL1096: Modifica la organización y funciones del fuero Militar-Policial en concordancia con los demás decretos.
  • DL 1097: El de la impunidad que ya se logró fuera derogado.
  • DL1095: Permite la intervención militar sin presencia de fiscalía o policía, empleando fuerza letal y admintiendo daños colaterales (muertos y heridos) contra cualquier grupo que sea declarado "hostil" (puedes ser una marcha o paro cualquiera) si esto da ventaja militar. Y por la combinación de estos decretos, no hay forma que luego se pueda enjuiciar a aquel militar que ordenó la muerte de civiles.
El Decreto Legislativo 1095 busca militarizar la represión a la protesta social, como si esta ya no estuviera lo suficientemente criminalizada ya mediante normativas anteriores.

¿Qué permite el DL1095?
  • Los militares ahora pueden intervenir para controlar las protestas.
  • Quienes protestan pueden ser calificados como "grupo hostil"
  • Pueden ser admitidos "daños colaterales", incluso entre las personas que no protestan.
  • El uso de la fuerza letal contra conflictos sociales es legítimo si permite una ventaja militar.
  • Las violaciones de derechos humanos cometidas por militares ya no serán juzgadas por tribunales civiles, ahora se juzgarán a sí mismos.


NO PERMITAMOS LA MILITARIZACIÓN DE LA PROTESTA SOCIAL
LA PROTESTA SOCIAL ES UN DERECHO

TOD@S CONTRA LA IMPUNIDAD

TOD@S A LA MOVILIZACIÓN 
JUEVES 16
3:00PM
PLAZA DOS DE MAYO
 
TOD@S CONTRA LA REPRESIÓN MILITAR

Editorial Noticias Ser

La derogatoria del Decreto Legislativo 1097 demuestra que es posible poner freno a los intentos de los grupos que buscan la impunidad en el país, por más poder que estos tengan. La respuesta de diversos sectores frente a este intento de vulnerar nuevamente los derechos de miles de víctimas fue contundente, obligando al gobierno a dar marcha atrás y retirar del gabinete al principal responsable político, el Ministro de Defensa Rafael Rey. Cabe resaltar la importancia que tuvo en este proceso la contundente carta de Mario Vargas Llosa, que no hizo otra cosa que hacer eco de los innumerables reclamos y expresiones de protestas de la sociedad civil nacional e internacional, de organismos supranacionales y de instituciones del propio Estado.

Sin embargo queda pendiente la revisión de los otros 3 decretos legislativos que formaron parte del paquete de facultades delegadas –particularmente el 1095– que abre la puerta a la intervención de las Fuerzas Armadas en el control de las protestas cuando se declara el Estado de Emergencia sin necesidad de coordinar con la Policía Nacional. Al mismo tiempo se da la posibilidad de calificar como “grupo hostil” a quienes participan en las movilizaciones, e inclusive se considera la aplicación del derecho internacional humanitario para calificar las operaciones militares, como si en el país nos encontráramos en una situación de guerra.

En este contexto, las violaciones a los derechos humanos así como cualquier otra conducta en que pudieran incurrir los miembros de las Fuerzas Armadas durante el control del orden interno, serían juzgadas en el fuero militar, con lo que prácticamente se consagra la impunidad dados los antecedentes que tenemos en el país sobre la actuación de la justicia militar.

La emisión de una norma como el D. Leg. 1095, es claramente atentatoria del ordenamiento constitucional y causa una enorme preocupación por las consecuencias que traerá en el tratamiento de los conflictos sociales. En tal sentido, debemos llamar la atención sobre lo que podría ocurrir en la provincia de Espinar donde se viene realizando una paralización contra la licitación del proyecto Majes-Siguas II, ante la cual se ha declarado el Estado de Emergencia y existe la posibilidad de intervención de las Fuerzas Armadas.

A ello se suma un motivo más de preocupación por la incorporación al nuevo gabinete de dos ex ministros que han tenido actuaciones bastante discutibles en el pasado reciente: el empresario Ismael Benavides, a quien se vincula a los estudios de abogados que elaboraron las normas que dieron origen al “Baguazo” y hace dos años tuvo declaraciones altisonantes contra quienes apoyan a las organizaciones indígenas como las ONG calificándolas como “los buitres del siglo XXI”; y por otro lado, la ministra Rosario Fernandez quien durante su anterior gestión en la cartera de Justicia, excluyó a las organizaciones de la sociedad civil del Consejo Nacional de Derechos Humanos.

Quienes creemos que la derogatoria del D. Leg. 1097 ha sido un importante triunfo de los sectores democráticos, no podemos dejar de exigir que también se derogue el D. Leg 1095 y que el nuevo gabinete sepa mantener las formas democráticas que todo gobierno debe tener, especialmente en un contexto de fin de mandato.

Ver más en: http://www.noticiasser.pe/15/09/2010/editorial/editorial

Seguidores